Guía práctica • Evidencia médico‑legal

¿Cómo saber si lo que viviste fue negligencia médica? Esto dice la ley colombiana

negligencia médica en Colombia

La negligencia médica en Colombia es uno de los temas jurídicos y médicos más consultados por pacientes que sienten que algo salió mal durante su atención. Sin embargo, no toda complicación es negligencia. Saber distinguir entre un riesgo médico esperado y una falla real en la atención es el primer paso para tomar decisiones informadas.

La ley colombiana tiene criterios claros para definir cuándo un profesional de la salud ha incurrido en responsabilidad. Conocerlos puede marcar la diferencia entre un proceso sólido y uno sin sustento probatorio.

Este contenido es informativo. No reemplaza una valoración médica ni constituye asesoría jurídica.

¿Qué es la negligencia médica según la ley colombiana?

Tabla de Contenidos

La negligencia médica en Colombia ocurre cuando un profesional de la salud incumple el estándar de atención exigido por la normativa vigente, causando un daño comprobable al paciente.

No se trata de una opinión. Es una categoría jurídica con requisitos técnicos específicos.

La Ley 23 de 1981 y el estándar de atención médica

La Ley 23 de 1981 —conocida como el Código de Ética Médica— establece las condiciones éticas, científicas, técnicas y administrativas que todo profesional de la salud debe cumplir en el ejercicio de su práctica.

Cuando un médico se aparta de ese estándar y su conducta genera un daño, se configura la base de una posible responsabilidad legal.

“La negligencia médica se tipifica cuando un profesional de la salud no actúa conforme a los estándares de atención aceptados y eso causa daño al paciente.”


— Juan Francisco Navarrete Riveros, director de Navarrete Consultores (Asuntos Legales, 2025)

La norma no exige perfección. Exige diligencia, pericia y observancia del protocolo clínico.

¿Cuándo un error médico se convierte en un hecho jurídico?

Un error médico se convierte en un hecho con consecuencias legales cuando se demuestran tres elementos simultáneos:

  • Falla en la conducta médica — el profesional actuó por fuera del estándar aceptado.
  • Daño comprobable — secuelas físicas, funcionales o psicológicas documentadas.
  • Nexo causal — relación directa entre la falla y el daño sufrido.

Nexo causal: relación entre lo ocurrido y el daño, sustentada con evidencia médica objetiva.

Sin los tres elementos presentes, el proceso carece de base sólida.

Caso hipotético ilustrativo

Carolina, de 34 años, fue sometida a una cesárea de urgencia en Medellín. Tres semanas después presentó una infección severa por una gasa quirúrgica olvidada en la cavidad abdominal. La historia clínica no registraba ninguna complicación al cierre. Aquí coexisten los tres elementos: falla en el procedimiento, daño comprobable y nexo causal directo.

La Lex Artis: el criterio técnico que define si hubo falla

La Lex Artis es el conjunto de normas, protocolos y criterios científicos que un médico debe aplicar según el estado del conocimiento vigente. No es un documento único; es el estándar colectivo de la práctica clínica aceptada.

Concepto Aplicación práctica
Lex Artis cumplida El médico siguió los protocolos; el daño fue un riesgo propio del procedimiento.
Lex Artis inobservada El médico se apartó del protocolo; el daño tiene origen en esa desviación.

Cuando la pericia independiente determina que hubo inobservancia de la Lex Artis, el caso adquiere sustento técnico ante un juez o una aseguradora.

“El primer paso no es demandar: es ordenar la evidencia y entender qué se puede sustentar con rigor médico.”


— CIV Salud

Tipos de negligencia médica reconocidos en Colombia

El Código Penal Colombiano tipifica varias conductas que pueden derivarse de una falla médica. Conocerlas permite identificar en qué categoría puede encuadrarse un caso antes de iniciar cualquier proceso legal.

Lesiones personales por procedimiento médico (Art. 111 C.P.)

Se configura cuando un procedimiento médico causa daño físico o enfermedad en el paciente como consecuencia directa de una conducta negligente, imprudente o sin la pericia requerida.

No es necesario que el daño sea permanente. Puede tratarse de:

  • Infecciones intrahospitalarias por falta de protocolo
  • Daño nervioso por mala técnica quirúrgica
  • Lesiones por dosificación incorrecta de medicamentos
  • Secuelas funcionales tras una intervención mal ejecutada

Caso hipotético

Rodrigo, técnico industrial de 41 años, fue intervenido por una hernia inguinal en una clínica de Bogotá. Durante la cirugía, el cirujano dañó el nervio ilioinguinal por una disección imprecisa. Rodrigo quedó con dolor crónico y pérdida de sensibilidad en la zona. La historia clínica no registraba ninguna advertencia al respecto. Este escenario puede encuadrar en lesiones personales culposas.

Homicidio culposo por falla médica (Art. 104 C.P.)

Cuando la negligencia, imprudencia o inobservancia de un proceso médico causa la muerte del paciente, el Código Penal colombiano tipifica el homicidio culposo.

“En caso de muerte por procedimiento negligente, la pena puede ir de uno a cuatro años de prisión.”


— Asuntos Legales, 2025

Este delito no requiere intención de causar daño. Basta con demostrar que la conducta del profesional fue la causa directa del fallecimiento.

Los escenarios más frecuentes incluyen:

  • Retrasos en diagnóstico de condiciones críticas
  • Errores de anestesia sin monitoreo adecuado
  • Alta médica prematura con signos de alarma ignorados

Falta de cuidado e inobservancia del deber (Art. 105 C.P.)

El artículo 105 del Código Penal establece que incurre en esta conducta quien viola los deberes objetivos de cuidado y, como resultado, vulnera la integridad del paciente.

Es una de las figuras más amplias y aplicables en casos donde:

  • No se ordenaron los exámenes diagnósticos pertinentes
  • Se ignoraron signos clínicos evidentes durante el seguimiento
  • No se informó al paciente sobre riesgos relevantes del procedimiento

La falta de cuidado no siempre implica una acción directa. Muchas veces se configura por omisión: lo que el médico no hizo y debía hacer.

Ejercicio ilegal y falsificación de documentos médicos (Art. 199 C.P.)

Cuando se falsifican o alteran documentos como historias clínicas, informes de evolución o resultados de laboratorio para encubrir errores médicos, se configura un delito adicional de mayor gravedad.

Conducta Consecuencia jurídica
Alteración de historia clínica Delito penal autónomo + agravante en el proceso civil
Omisión intencional de registros Indicio grave en contra del profesional o la institución
Expedición de certificados falsos Responsabilidad penal directa del firmante

Dato clave: La historia clínica es un documento de obligatoria custodia. Solicitar una copia completa tan pronto como sea posible es una medida crítica para preservar la evidencia.

Negligencia en procedimientos estéticos

Las intervenciones estéticas también están reguladas por la Ley 23 de 1981. Sin embargo, los criterios para establecer negligencia tienen particularidades propias.

Se considera negligencia cuando:

  • Insatisfacción de resultados pactados: el profesional no cumplió con el resultado específicamente acordado con el paciente.
  • Falta de consentimiento informado: el paciente no fue advertido sobre riesgos, alternativas ni posibles complicaciones.
  • Inobservancia de la Lex Artis: el procedimiento se ejecutó sin seguir los protocolos aceptados en la especialidad.
  • Falta de idoneidad profesional: el especialista no cuenta con los títulos, certificaciones o autorizaciones que acrediten su competencia para ese procedimiento específico.

Caso hipotético

Valentina, de 29 años, se sometió a una liposucción en un centro estético de Medellín. El médico no le entregó consentimiento informado por escrito. Tras el procedimiento desarrolló una embolia grasa con hospitalización prolongada. La ausencia del consentimiento informado y la falta de certificación del médico tratante configuran dos causales independientes de negligencia.

“En Colombia existen muchos consultorios que ofrecen procedimientos estéticos que ponen en riesgo la salud de los pacientes y, en muchos casos, también su vida.”


— Jimmy Jiménez, abogado de Integrity Legal (Asuntos Legales, 2025)

¿Qué acciones legales puedes tomar?

Identificar la falla es solo el primer paso. El siguiente es conocer las rutas legales disponibles en Colombia y elegir la que corresponde según las circunstancias del caso.

No son excluyentes. En muchos casos, la ruta penal y la civil pueden activarse simultáneamente.

Ruta penal: denuncia ante la Fiscalía General de la Nación

Aplica cuando la negligencia médica causó la muerte del paciente o cuando las lesiones tienen una gravedad que el sistema penal considera perseguible de oficio.

El proceso inicia con una denuncia formal ante la Fiscalía General de la Nación. A partir de ahí:

  1. La Fiscalía abre indagación preliminar.
  2. Se recauda material probatorio, como historia clínica, testimonios y peritajes.
  3. Si hay mérito, se formula imputación al profesional o a la institución.
  4. El proceso avanza hacia juicio oral si la evidencia lo sustenta.

Importante: Los delitos culposos en medicina —como el homicidio culposo— admiten en muchos casos mecanismos alternativos de solución, como la conciliación o el preacuerdo, lo que puede reducir significativamente los tiempos del proceso.

La denuncia penal no genera automáticamente una indemnización económica. Para eso existe la ruta civil.

Ruta civil: demanda por daños y perjuicios (Art. 2356 C.C.)

El artículo 2356 del Código Civil colombiano establece que quien causa daño a otro por su conducta está obligado a indemnizar a la víctima.

En el ámbito médico, esta indemnización puede cubrir:

Tipo de perjuicio Descripción
Daño emergente Gastos médicos, hospitalizaciones y tratamientos posteriores
Lucro cesante Ingresos dejados de percibir por incapacidad laboral
Daño moral Sufrimiento, angustia y afectación emocional comprobable
Daño a la vida de relación Limitación de actividades cotidianas, sociales o familiares

La demanda civil se interpone ante un juez civil del circuito y requiere soporte probatorio sólido, especialmente un dictamen pericial médico que establezca el nexo causal entre la falla y los perjuicios reclamados.

Queja ante la Superintendencia Nacional de Salud

Esta vía es administrativa, no penal ni civil. Permite reportar irregularidades en la prestación del servicio de salud y solicitar investigación disciplinaria contra el profesional o la institución.

Es especialmente útil cuando:

  • El daño no alcanza el umbral penal, pero sí configura una falla asistencial.
  • Se busca una respuesta institucional rápida antes de iniciar un proceso judicial.
  • La entidad prestadora negó información, procedimientos o incapacidades sin justificación.

Puede radicar la queja directamente en el portal de la Superintendencia Nacional de Salud.

¿Por qué el peritaje médico es la prueba más importante?

En un proceso por negligencia médica en Colombia, la discusión técnica supera con frecuencia la discusión jurídica. Un juez, un fiscal o una aseguradora no tienen la formación clínica para determinar si una conducta médica fue correcta o no. Esa es precisamente la función del peritaje.

“El peritaje médico es el medio probatorio idóneo para demostrar que existió un daño y que fue ocasionado por el actuar negligente del prestador del servicio en salud.”


— Catalina Gutiérrez, asociada de litigios, Holland & Knight (Asuntos Legales, 2025)

Sin una pericia independiente y técnicamente sólida, el proceso descansa sobre testimonios y presunciones. Con ella, descansa sobre evidencia médica objetiva.

Qué demuestra un dictamen pericial en un caso de negligencia

Un dictamen pericial bien construido tiene la capacidad de establecer, con metodología trazable, los siguientes elementos:

  • Si existió una falla en la conducta médica y en qué momento ocurrió.
  • La naturaleza y alcance del daño: secuelas físicas, funcionales, psicológicas.
  • El nexo causal entre la falla identificada y el daño sufrido por el paciente.
  • Si el profesional observó o no la Lex Artis vigente para ese procedimiento.
  • Qué evidencia respalda las conclusiones y cuál es su nivel de certeza técnica.

No se trata de emitir un juicio anticipado. Se trata de ordenar la evidencia disponible y traducirla en un lenguaje comprensible para la autoridad competente.

Caso hipotético ilustrativo

Marcela, de 38 años, fue diagnosticada con apendicitis aguda. El médico de urgencias la dio de alta con analgésicos sin ordenar los exámenes confirmatorios. Doce horas después reingresó con peritonitis generalizada. Un perito independiente revisó la historia clínica, identificó que los signos de alarma estaban documentados desde el primer ingreso y emitió un dictamen estableciendo la falla diagnóstica y su relación directa con la complicación. Ese dictamen fue la pieza central del proceso civil posterior.

Qué debe contener un informe pericial sólido

No todos los informes periciales tienen el mismo peso ante un juez. La diferencia entre un dictamen defendible y uno débil está en su estructura y metodología.

Un informe pericial robusto debe incluir:

  • Identificación del perito y acreditación de su competencia técnica.
  • Resumen de hechos basado exclusivamente en la documentación clínica aportada.
  • Revisión documental detallada: historia clínica, órdenes médicas, exámenes, evoluciones.
  • Análisis técnico contrastado con los estándares de la Lex Artis vigente.
  • Establecimiento del nexo causal con sustento en evidencia científica.
  • Conclusiones claras y defendibles, redactadas en lenguaje accesible sin perder rigor técnico.
  • Anexos y soportes que permitan verificar cada hallazgo señalado.

Dato importante: Un dictamen sin trazabilidad es un dictamen vulnerable. En audiencia, el perito debe poder sustentar cada conclusión con referencia directa a la evidencia revisada.

La diferencia entre una opinión médica y una pericia independiente

Este es uno de los puntos que más confusión genera en quienes inician un proceso.

Aspecto Opinión médica informal Pericia independiente
Origen Médico conocido, segundo concepto clínico Perito con formación médico-legal
Metodología Variable, sin estructura fija Trazable, documentada, reproducible
Valor probatorio Bajo o nulo ante autoridad judicial Alto, admisible como prueba pericial
Contenido Impresión clínica general Análisis de nexo causal y Lex Artis
Sustentación No está diseñado para audiencia Defendible ante juez, fiscal o aseguradora

Que un médico amigo diga “aquí hubo negligencia” no equivale a tener un caso. Lo que construye el caso es una metodología trazable con conclusiones defendibles.

¿Cuándo solicitar el peritaje médico?

Cuanto antes, mejor. La evidencia clínica tiene una ventana temporal:

  • Las historias clínicas pueden ser incompletas o alteradas con el tiempo.
  • Los testimonios se vuelven menos precisos.
  • Algunas secuelas son más evidentes en fases tempranas.

“Siente que el tiempo está pasando y la evidencia se enfría.”


— Perfil Natalia Restrepo, buyer persona CIV Salud

Iniciar con una consulta de valoración permite establecer si el caso tiene sustento técnico antes de invertir en un proceso legal completo. Es el primer paso con menor costo y mayor claridad.

En CIV Salud, la consulta de valoración tiene un valor de $400.000 COP e incluye revisión documental, entrevista dirigida y concepto inicial sobre qué se puede sustentar con evidencia. Atención presencial en Medellín y virtual para toda Colombia.

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¿Qué documentos necesitas para iniciar el proceso?

Uno de los errores más frecuentes en casos de negligencia médica en Colombia es esperar demasiado para recopilar la documentación clínica. La evidencia no es estática: puede deteriorarse, extraviarse o, en casos extremos, ser alterada.

Actuar con rapidez en esta etapa no significa precipitarse jurídicamente. Significa proteger la materia prima del proceso: la historia clínica y los soportes que la acompañan.

Historia clínica: cómo solicitarla y por qué es urgente

La historia clínica es el documento más importante en cualquier proceso por responsabilidad médica. Contiene el registro cronológico de toda la atención recibida: diagnósticos, órdenes médicas, evoluciones, procedimientos y resultados de laboratorio.

¿Quién tiene derecho a solicitarla?

  • El propio paciente.
  • Su representante legal o apoderado.
  • Los familiares en caso de fallecimiento, con los soportes correspondientes.

¿Cómo solicitarla correctamente?

  1. Presentar solicitud escrita ante el área de archivo clínico de la institución.
  2. Adjuntar documento de identidad del paciente y del solicitante si es un tercero.
  3. Exigir la historia clínica completa, no un resumen de egreso.
  4. Conservar el radicado de la solicitud como soporte del trámite.
  5. Si hay negativa injustificada, escalar la queja ante la Superintendencia Nacional de Salud.

La institución tiene obligación legal de entregar la historia clínica. La negativa o demora injustificada es en sí misma una irregularidad reportable.

Solicítela tan pronto como surja la sospecha de falla. No espere a tener un abogado ni a iniciar el proceso formal.

Otros soportes probatorios que fortalecen el caso

La historia clínica es el eje central, pero no es el único documento relevante. Un expediente probatorio sólido puede incluir:

Documento Utilidad probatoria
Consentimiento informado Verifica si el paciente fue advertido sobre riesgos
Resultados de exámenes diagnósticos Contrastan lo que se ordenó frente a lo que se debió ordenar
Imágenes diagnósticas (radiografías, TAC, RMN) Evidencian hallazgos que debieron ser detectados
Facturas y recibos de pago Acreditan el daño emergente, como gastos médicos posteriores
Incapacidades médicas Sustentan el lucro cesante en la demanda civil
Registros de comunicación Mensajes, correos o audios con el profesional o la institución
Fotografías de secuelas Documentan visualmente el daño corporal
Dictámenes previos de otras entidades Valoraciones realizadas por ARL, EPS o medicina legal, si ya existen

¿Qué pasa si la historia clínica está incompleta?

Es más frecuente de lo que parece. La ausencia de registros no necesariamente cierra el caso; en muchos escenarios, la omisión documental es en sí misma un indicio de falla.

Un perito independiente puede:

  • Identificar qué registros deberían existir y no están.
  • Establecer si la ausencia de información tiene explicación clínica o no.
  • Documentar las inconsistencias como parte del análisis pericial.

“Necesito que alguien revise la historia clínica y me explique en español.”


— Verbatim frecuente, perfil Natalia Restrepo, CIV Salud

La historia clínica incompleta no es el fin del proceso. Es un hallazgo que el perito debe analizar e incorporar al dictamen.

Documentos en casos de procedimientos estéticos

En intervenciones estéticas, la documentación tiene particularidades adicionales:

  • Contrato de prestación de servicios o presupuesto firmado que describa el procedimiento y los resultados esperados.
  • Consentimiento informado específico para el procedimiento realizado.
  • Certificaciones del profesional: títulos, registro médico, habilitación del establecimiento ante el Ministerio de Salud.
  • Fotografías preoperatorias y postoperatorias, si fueron tomadas por la institución.

La ausencia del consentimiento informado en un procedimiento estético es, por sí sola, una causal autónoma de responsabilidad médica.

Lista de verificación antes de la consulta de valoración

Antes de acudir a CIV Salud o a cualquier perito médico, reúna lo siguiente:

  • ✔ Historia clínica completa del episodio en cuestión
  • ✔ Exámenes de laboratorio e imágenes diagnósticas
  • ✔ Consentimiento informado (si existe)
  • ✔ Facturas de gastos médicos posteriores al evento
  • ✔ Incapacidades emitidas
  • ✔ Fotografías de secuelas visibles
  • ✔ Cualquier comunicación escrita con la institución o el profesional

No es necesario tenerlo todo para iniciar. Con los documentos disponibles, una valoración inicial puede determinar qué falta y cuál es el siguiente paso.

En CIV Salud revisamos la documentación disponible, identificamos los vacíos probatorios y trazamos una ruta clara basada en evidencia médica objetiva.

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Preguntas frecuentes sobre negligencia médica en Colombia

¿Cuánto tiempo tengo para interponer una demanda por negligencia médica en Colombia?

En Colombia, la acción civil por responsabilidad médica tiene un término de prescripción de 10 años contados desde el momento en que ocurrió el hecho dañoso, según las reglas generales del Código Civil.

Sin embargo, existen matices importantes:

  • En acciones contra entidades públicas, como hospitales del Estado, el término puede ser diferente y está regulado por el CPACA.
  • En materia penal, los términos de prescripción varían según el delito tipificado y su pena máxima.

Recomendación práctica: no esperar a que el término esté por vencer. La evidencia se deteriora con el tiempo y los testimonios pierden precisión. Actuar con prontitud fortalece el proceso.

¿Puedo iniciar el proceso si la historia clínica está incompleta?

Sí. La historia clínica incompleta no es un impedimento para iniciar una valoración pericial.

De hecho, en muchos casos la ausencia de registros que deberían existir constituye un hallazgo relevante en sí mismo. Un perito independiente puede:

  • Identificar qué información falta y por qué debería estar documentada.
  • Establecer si la omisión tiene una explicación clínica razonable o no.
  • Incorporar esas inconsistencias como parte del análisis técnico del caso.

Lo que no puede construirse sin documentación es un dictamen sólido. Por eso, reunir la mayor evidencia posible sigue siendo prioritario.

¿Cuánto cuesta un peritaje médico en Colombia?

Los costos varían según la complejidad del caso y el alcance del servicio requerido. Como referencia orientadora:

Etapa Inversión referencial Entregable
Consulta de valoración $400.000 COP Concepto inicial y ruta de trabajo
Dictamen pericial $3.000.000 COP Dictamen pericial formal con nexo causal
Sustentación judicial $4.500.000 COP Acompañamiento técnico en audiencia

Los valores pueden variar según la complejidad del caso. La consulta de valoración permite establecer si el caso tiene sustento técnico antes de comprometer una inversión mayor.

¿El peritaje sirve tanto para procesos penales como civiles?

Sí. Un dictamen pericial médico-legal bien estructurado tiene validez probatoria en:

  • Procesos penales ante la Fiscalía General de la Nación.
  • Demandas civiles por daños y perjuicios.
  • Procesos ante la Superintendencia Nacional de Salud.
  • Reclamaciones ante aseguradoras de responsabilidad civil médica.
  • Controversias con ARL en casos de origen laboral.

La clave está en que el dictamen esté estructurado con metodología trazable y conclusiones defendibles. Un informe bien construido no pierde vigencia al cambiar de escenario jurídico.

¿Qué pasa si el médico alega que fue una complicación normal?

Es el argumento más frecuente en casos de responsabilidad médica. Y en algunos casos, es correcto: no toda complicación es negligencia.

La diferencia la establece la evidencia técnica, no la opinión de las partes.

Un perito independiente analiza:

  • Si la complicación estaba dentro del rango esperado para ese procedimiento.
  • Si el profesional tomó las medidas preventivas que la Lex Artis exige para reducir ese riesgo.
  • Si la complicación fue detectada y manejada oportunamente o si hubo demora injustificada.
  • Si el paciente fue informado previamente sobre esa posibilidad específica.

Caso hipotético

Luis, de 52 años, desarrolló una trombosis venosa profunda tras una cirugía de rodilla. El médico alegó que es una complicación conocida del procedimiento. El perito revisó la historia clínica y determinó que no se había administrado profilaxis antitrombótica pese a que el protocolo lo exige en pacientes con el perfil de riesgo de Luis. La complicación era conocida; la omisión del protocolo, no justificable.

“Sin promesas. Con rigor.”


— CIV Salud

Conclusión

La negligencia médica en Colombia es una realidad jurídica con criterios técnicos precisos. No toda complicación configura una falla, pero tampoco toda falla debe quedar sin respuesta.

El camino hacia un proceso sólido pasa siempre por los mismos pasos:

  1. Identificar si los hechos cumplen los elementos jurídicos de la negligencia médica.
  2. Reunir la documentación clínica disponible sin demora.
  3. Obtener una valoración pericial independiente que establezca qué se puede sustentar con evidencia.
  4. Elegir la ruta legal más adecuada según el objetivo: penal, civil o administrativa.

Lo que marca la diferencia entre un proceso con sustento y uno sin él no es la gravedad del daño percibido. Es la calidad de la evidencia y la solidez del análisis pericial que la respalda.

“Evidencia médica objetiva. Metodología trazable. Conclusiones claras y defendibles.”


— CIV Salud

Este contenido es informativo. No reemplaza una valoración médica ni constituye asesoría jurídica.

¿Sospecha que vivió una situación de negligencia médica?

El primer paso es ordenar la evidencia disponible y entender qué se puede sustentar técnicamente. En CIV Salud realizamos una valoración inicial que incluye revisión documental, entrevista dirigida y concepto médico-legal claro.

Consulta de valoración: $400.000 COP

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